Diferencia entre revisiones de «Convenio colectivo»
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Última revisión de 12:19 23 jul 2018
El convenio colectivo de trabajo es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores. También, en caso que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.
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[editar] Referencias
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Un Ayuntamiento "socialista" consigue la... (Laboro, 28 de marzo de 2014) -
Consecuencias prácticas de la nueva sent... (Laboro, 11 de mayo de 2015)