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Revisión de 16:08 15 jun 2013
Por la Democracia Directa | |
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Por la Democracia Directa es una campaña desarrollada por diversas asambleas del 15-M que persigue reformar la Constitución para dotarnos de más herramientas democráticas.
Contenido |
En qué consiste
Ejerciendo el Derecho colectivo de Petición se solicita una reforma constitucional de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución de manera que:
Art. 87.3
Se supriman los límites materiales que impiden el ejercicio de la iniciativa legislativa popular en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional y en lo relativo a la prerrogativa de gracia,
Art. 92
El referéndum previsto en el artículo 92, además de sobre cuestiones políticas de especial trascendencia, pueda versar, tal y como contemplaba el Anteproyecto de Constitución, sobre las leyes votadas por las Cortes Generales y aún no sancionadas, y la derogación de leyes en vigor. También que el referéndum pueda ser solicitado por 500.000 personas y que el resultado sea vinculante si ha participado en la votación la mayoría de quienes tengan derecho a hacerlo y si lo aprueban por mayoría de los votos válidamente emitidos
Art. 166
La ciudadanía pueda, en número de 500.000 personas, promover la reforma de la Constitución.
Una vez aprobada la reforma por las Cortes Generales se someta a referéndum de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Constitución.
El Derecho de Petición
La fórmula para desarrollar la propuesta fue por la vía del Derecho de Petición, derecho fundamental reconocido en el art.29 de la Constitución y para cuyo ejercicio se aprobó la Ley Orgánica 4/2001.
Este derecho sirve para solicitar a cualquier poder público que haga algo para lo que tiene competencia; también para trasladarle sugerencias o iniciativas, pedir información o expresar quejas. Puede ser ejercido por “todos los españoles”, sin diferenciar entre mayores y menores de edad y también a los extranjeros. Para ejercerlo solo hace falta presentar un escrito ante el organismo competente.
El organismo receptor de la petición tiene que cursar la misma si comprueba que no existe otro procedimiento o canal para cursar la misma. Lo curioso es que al no existir ningún otro procedimiento para que los ciudadanos soliciten la reforma constitucional, el derecho de petición es oportuno como se demostró aceptándose la tramitación en bastante de los parlamentos donde se presentó. Es decir, la reforma constitucional, totalmente blindada e inaccesible puede ser ejercida mediante un procedimiento simple y sencillo accesible a todos.
Historia
En junio de 2011 en la Asamblea Pola de Siero (Asturias) se empezó a diseñar una posible acción de reforma constitucional ejerciendo el derecho de petición. Días después se sumaron las asambleas Asamblea Avilés, Asamblea Gijón [1] y Asamblea NaBiPi (Asamblea Nava, Asamblea Bimenes y Asamblea Piloña). Y a principio de julio se constituyó un grupo de trabajo integrado por miembros de estas asambleas.
Ya a finales de julio de 2011 se lanzó la página porlademocraciadirecta.orgcon el objeto de difundir la acción y buscar la colaboración de otras asambleas.
Inicialmente la petición ciudadana se iba a dirigir a las Cortes Generales pero la convocatoria de elecciones generales el 29 de julio, lo que habría supuesto la caducidad de la petición, hizo que las peticiones se dirigieran a los diversos parlamentos autonómicos.
A lo largo del verano del 2011 se fueron sumando hasta 67 asambleas y colectivos del 15-M. Se adhirieron asambleas de todas comunidades autónomas con excepción de Murcia.
Finalmente, en diciembre de 2011 se presentaron las peticiones colectivas en los parlamentos de: Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Galicia y La Rioja.
A lo largo de los primeros meses del 2012 los diferentes parlamentos autonómicos fueron respondiendo aceptando a tramite la petición. Pero en ninguno de ellos se cursó la petición desentendiéndose.
Finalmente el grupo parlamentario de IU en la Junta General del Principado de Asturias hace suya la petición y la presenta al pleno. El 24 de mayo de 2013 se vota el tomar en consideración. Fue aprobado por 23 votos a favor de PSOE, IU y UPyD contra 22 votos en contra de PP y Foro Asturias. Ahora la petición está pendiente de su tramitación para ser remitida a las Cortes Generales. Es la primera vez en la historia de la democracia española que una petición ciudadana de reforma constitucional será tramitada en las Cortes Generales.
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Derecho de Petición, julio 2011 |
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Véase también
- Reforma constitucional
- Democracia directa
- ILP
- Referendo
- Lista de propuestas del 15M
- Lista de plataformas
Referencias
Noticias relacionadas
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