Diferencia entre revisiones de «Iniciativa de reforma de la ILP»
m (→ILP's en las que interviene la Red Grupos de Política de Madrid 15M) |
(→ILP's en las que interviene la Red Grupos de Política de Madrid 15M) |
||
Línea 203: | Línea 203: | ||
{| | {| | ||
− | |||
|[[Archivo:Nosetoca.png|60px|enlace=http://madrid.tomalaplaza.net/2013/02/27/la-ilp-de-la-pah-no-se-toca/]] | |[[Archivo:Nosetoca.png|60px|enlace=http://madrid.tomalaplaza.net/2013/02/27/la-ilp-de-la-pah-no-se-toca/]] | ||
|26.feb.2013 Documento [http://madrid.tomalaplaza.net/2013/02/27/la-ilp-de-la-pah-no-se-toca/ La ILP de la PAH NO SE TOCA], publicado en madrid.tomalaplaza, donde exigimos que el parlamento no manipule la [http://afectadosporlahipoteca.com/category/propuestas-pah/dacion-en-pago/ Iniciativa Legislativa Popular de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca] y, sea cual sea su opinión, la iniciativa original se someta a referéndum vinculante, que es lo que se hace con las ILP's en todas partes menos en el régimen totalitario parlamentarista español. | |26.feb.2013 Documento [http://madrid.tomalaplaza.net/2013/02/27/la-ilp-de-la-pah-no-se-toca/ La ILP de la PAH NO SE TOCA], publicado en madrid.tomalaplaza, donde exigimos que el parlamento no manipule la [http://afectadosporlahipoteca.com/category/propuestas-pah/dacion-en-pago/ Iniciativa Legislativa Popular de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca] y, sea cual sea su opinión, la iniciativa original se someta a referéndum vinculante, que es lo que se hace con las ILP's en todas partes menos en el régimen totalitario parlamentarista español. | ||
|} | |} | ||
+ | |||
+ | == Recursos == | ||
+ | |||
+ | === Genéricos === | ||
+ | |||
+ | * [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.html Constitución española] | ||
+ | * [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo5-1985.html LOREG] Ley electoral | ||
+ | * [http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo3-1984.html LO 3/1984] Reguladora de la Iniciativa Legislativa Popular | ||
+ | |||
+ | === Modelos de reforma de la ILP a tener en cuenta === | ||
+ | |||
+ | * [http://otradem.net/wiki/bin/view/Main/ReformaConstitucionParticipativa Propuesta de Reforma Constitucional para profundizar en la participación democrática] Fuente: [http://otradem.net/ OtraDemocraciaEsPosible] (con enlaces a los debates) | ||
+ | * [http://www.falternativas.org/estudios-de-progreso/documentos/documentos-de-trabajo/nuevos-desafios-democraticos-hacia-una-iniciativa-legislativa-popular-efectiva Nuevos desafíos democráticos: hacia una iniciativa legislativa popular efectiva] Fuente: [http://www.falternativas.org/ Fundación Alternativas] | ||
+ | * [http://fundacionideas.es/sites/default/files/pdf/DD-La_ILP_como_iniciativa_de_participacion_ciudadana_en_el_siglo_XXI-Pol_0.pdf La ILP como iniciativa de participación ciudadana en el siglo XXI] Fuente: [http://fundacionideas.es/ Fundación Ideas] | ||
+ | |||
+ | === Material de análisis del estado actual de la ILP y de las libertades políticas === | ||
+ | |||
+ | * [http://otradem.net/wiki/bin/view/Main/FaqDiccio Diccionario de términos democráticos] Fuente: [http://otradem.net/ OtraDemocraciaEsPosible] | ||
+ | * [http://otradem.net/wiki/bin/view/Main/CostesDemocraciaDirecta Análisis de costes comparados de la democracia directa] Fuente: [http://otradem.net/ OtraDemocraciaEsPosible] | ||
+ | * [http://otradem.net/wiki/bin/view/Main/RecopilacionLibertadesPoliticas Listado de Libertades Políticas] Fuente: [http://otradem.net/ OtraDemocraciaEsPosible] | ||
+ | * [http://www.demopunk.net/sp/sp/actual/dic7_sp.html Día de las libertades políticas] Fuente: [http://www.demopunk.net/sp/index_sp.htm demopunk.net] | ||
+ | * [http://www.demopunk.net/sp/sp/direct/ddsp2002_sp.html Informe 2002. La Democracia Directa en España] fuente: [http://www.demopunk.net/sp/index_sp.htm demopunk.net] | ||
+ | * [http://www.demopunk.net/sp/ley/constitucion_esp78.html Análisis de la Constitución española] Fuente: [http://www.demopunk.net/sp/index_sp.htm demopunk.net] | ||
+ | * [http://www.demopunk.net/sp/sp/actual/index.html Desarrollo democrático en españa] Fuente: [http://www.demopunk.net/sp/index_sp.htm demopunk.net] | ||
---- | ---- |
Revisión de 01:15 13 ene 2014
Iniciativa de reforma de la ILP | |
Datos básicos | |
Tipo | Taller |
Convocante(s) | PCP Sol |
Motivo(s) | Sin datos [+] |
Fecha de inicio | 20 de noviembre de 2011 |
Hora | Sin datos [+] |
Asistencia | Sin datos [+] |
Ubicación | |
País | Sin datos [+] |
Provincia | Provincia de Madrid |
Municipio | Madrid |
En la red | |
Convocatoria | Sin datos [+] |
Iniciativa de reforma de la ILP es el nombre dado a una actividad.
Contenido |
Introducción
Tras casi cuatro décadas de dictadura, el cambio político en España, tras la muerte de Franco, no se produjo mediante una ruptura con el régimen autoritario, ni tan siquiera mediante un proceso de justicia transicional, sino a través de una reforma política controlada por los herederos del franquismo, aunque a veces fuese necesario el acuerdo con los grupos moderados de la oposición. Como dice el profesor V. Navarro, la "Transición inmodélica de la dictadura a la democracia que ocurrió en nuestro país, modificó, pero no rompió, con el enorme dominio en la vida política que las fuerzas conservadoras –la banca y la gran patronal, cohesionadas por la ideología de la Iglesia católica y defendidas por el Ejército, la policía y la judicatura- habían tenido durante la dictadura". Esta hegemonía que el organigrama post-franquista ejerció durante la transición democrática preservó los intereses de las élites políticas, económicas y sociales procedentes del franquismo, en detrimento de la influencia política de las clases populares, que sólo tenían la calle para reivindicar su protagonismo. Así se creó un modelo que en la práctica quedó limitado a la mera alternancia en el poder de unos partidos cerrados y fuertemente jerarquizados, al que habría que añadir la influencia de la magistratura franquista en el poder judicial y la permanencia de la burocracia del anterior régimen.
Al margen de algunos casos especiales, como el de los Presupuestos Participativos, los foros ciudadanos o el movimiento vecinal en algunas partes del país, las condiciones para la participación política del pueblo español se encuentran severamente restringidas en la Constitución de 1978. Ésta constriñe las libertades políticas al voto cada cuatro años dentro un sistema electoral injusto y no proporcional. Tal situación contradice algunos de los más básicos principios democráticos ya que se obstaculiza la directa participación del titular de la soberanía, que no es otro que el pueblo, en la tarea de elaboración de las normas que rigen sus propia existencia. Por ejemplo, mecanismos de participación política tan básicos en el resto de los países de Europa como la iniciativa legislativa popular (ILP), están estrictamente controlados y recortados en España. Si bien la Ley Orgánica 3/1984 reguladora de la ILP (LOILP) tenía por finalidad "intensificar la participación de los ciudadanos y de los grupos en la vida pública" mediante la "directa participación del titular de la soberanía en la tarea de elaboración de las normas que rigen las vidas de los ciudadanos", en realidad dicha ley ha obstaculizado enormemente la utilización de este instrumento de participación ciudadana. No ha mejorado la situación la insuficiente reforma de la legislación en en este campo que fue introducida en el año 2006, y que sólo sirvió para ampliar el plazo de recogida de firmas. De hecho, la mayoría de las peticiones de iniciativas legislativas populares registradas en nuestro país han sido desestimadas. De las 88 iniciativas presentadas desde 1982 hasta la actualidad, tan sólo 9 han llegado a ser discutidas en el hemiciclo, resultando 8 de ellas rechazadas por el Congreso y únicamente una aprobada y convertida en ley. Como se puede observar en el siguiente cuadro, algunas de esas 8 iniciativas denegadas por el voto de los diputados fueron tramitadas con fines tan razonables como lograr la gratuidad de los libros escolares, la reducción de la jornada laboral a 35 horas, la garantía de un mínimo presupuestario para la Educación, etcétera. La única ILP aprobada en España hasta el día de hoy lo hizo al subsumirse en otro proyecto de ley. Es decir, la iniciativa presentada en noviembre de 1995 sobre la reclamación de deudas comunitarias no se aprobó y terminó por subsumirse en otra proposición de ley que fue aprobada en abril de 1999 como la Reforma de la Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal. Tras su votación, el presidente del Consejo General del Colegio de Administradores de Fincas, señalaba que "se trata de la ley más democrática aprobada hasta el momento en las Cortes, porque ha sido promovida por los ciudadanos". Y todo esto a pesar de que la Iniciativa Legislativa Popular no es de una reivindicación exótica o extravagante, sino que se trata de una realidad constatable en numerosos partes del mundo. Por ejemplo, en países tan diversos como Suiza, Perú, Letonia o Costa Rica, entre otros, la labor legislativa emanada directamente del pueblo representa un instrumento democrático indispensable. Es pues la ILP una herramienta necesaria en cualquier sistema moderno que muestra con claridad el nivel de participación del pueblo soberano en su Gobierno. En España, el reducido grado de participación ciudadana en este sentido demuestra el pobre estado de salud de la democracia en nuestro país. Esta situación pone bien a las claras el poco respeto de la mayoría de los parlamentarios españoles a la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 21.1 y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 25, pues ambos aluden específicamente a los derechos participativos de los ciudadanos. Otros textos internacionales recogen la necesidad de la participación ciudadana como herramienta necesaria para la articulación de la democracia, tal es el caso del Libro Blanco para la gobernanza europea de 2001 y las recomendaciones contenidas en las Comunicaciones de la Comisión Europea sobre una nueva cultura de consulta y diálogo de 2002. En definitiva, el sistema político y el ordenamiento jurídico nacidos de la transición fueron construidos con el objetivo de reforzar los mecanismos de representación y poder de los partidos políticos mayoritarios, no de los ciudadanos. Como apunta Jaime Pastor, profesor de la UNED "ante el miedo a perder el control, se optó por blindar un sistema bipartidista y la Transición misma". De este modo, en los últimos cuarenta años no se ha contruido una democracia en nuestro país, sino una “partitocracia” en la que capacidad legislativa es un privilegio exclusivo de una clase dirigente afincada en un sistema de partidos bastante rígido y excluyente. Éste condena a los ciudadanos a la alienación política que coarta el uso legítimo de herramientas propias de un verdadero sistema democrático, el cual debería mantener su legitimidad en la soberanía popular y en la fuerza del pueblo (iniciativa legislativa popular, referéndum vinculante, poder constituyente, etc.) Ejercicio de la Petición Legislativa a nivel nacionalLa última legislatura ha sido la más activa en la historia de la democracia española desde el punto de vista de presentación de nuevas ILP. Entre 2008 y 2011 se han presentado 21 ILP’s (13 de ellas en 2011), el doble que en las tres legislaturas anteriores. Un aumento que parece estar relacionado con la creciente desafección de amplios sectores sociales ante el sistema partitocrático, los síntomas de agotamiento del sistema representativo y la emergencia de nuevos movimientos sociales como el 15M . En Ejercicio de la Petición Legislativa a nivel nacional se enumeran las ILP que no han salido adelante y el resultado de su tramitación desde la II Legislatura hasta la actualidad Estado actual de la ILP
La iniciativa de reforma de la ILPLos mecanismos democráticos como la ILP pueden ayudar a fomentar el asociacionismo civil y a comprometer a la ciudadanía en los asuntos públicos, con la consecuente revitalización democrática de un país. Teniendo en cuenta el precario estado en el que se encuentra la democracia participativa en España, la Red Grupos de Política de Madrid 15M proponemos una reforma en los aspectos indispensables de la ILP, que hagan de la misma una verdadera herramienta de expresión ciudadana y abran la puerta a la participación del pueblo en la gestión del bien público. No compartimos el miedo histórico de nuestros políticos a la voz del pueblo, pues para nosotrxs, lejos de significar un problema, herramientas como la ILP representan un mecanismo fundamental para mejorar la calidad y transparencia del sistema democrático. Objetivos de la reformaLos artículos a tocar deben por tanto ser ni más ni menos que los suficientes para articular una Iniciativa Popular que solvente las carencias del ordenamiento vigente y sea válida como herramienta legislativa de los de abajo. Aunque se desarrolle posteriormente en su ley, en el texto constitucional se debe asegurar:
De esta manera pretendemos que la ILP se convierta en un instrumento que potencie la participación como uno de los pilares sobre los que se asienta la idea de democracia y como uno de los criterios fundamentales de control del poder político. Proponemos una nueva legislación que regule la iniciativa legislativa popular en los siguientes términos que consideramos indispensables para el buen funcionamiento de todo sistema que se precie democrático
Explicación gráfica
En esta propuesta la soberanía es real, no formal. En caso de que la comisión promotora de la iniciativa no acepte las modificaciones introducidas por el Congreso, en el referéndum resultante se votarán la propuesta original y la modificada. En el caso de que se acepte, se tomará también la decisión de si procede o no someterlo a referéndum vinculante o aplicarse directamente. Para determinadas leyes, el referéndum será obligatorio. EstrategiaExisten por tanto dos estrategias, dependiendo de la decisión de la Mesa del Congreso:
La propuestaTEXTO ACTUALArtículo 87.
Artículo 162.
Artículo 166.La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87. Artículo 167.
TEXTO DE LA MODIFICACIÓNExposición de MotivosLa presente reforma constitucional pretende evolucionar la actual constitución para profundizar en los mecanismos de participación democrática. El Articulo 23 de la Constitución reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes. Sin embargo el desarrollo de los mecanismos de participación directa en el texto Constitucional no es comparable, quizás como consecuencia lógica del momento histórico en el que la Constitución fue desarrollada, con el realizado de los mecanismos de representación. El desarrollo de mecanismos de participación directa adecuados son fundamentales en un Estado democrático como el español, en el cual, como indica el Articulo 1 de la Constitución, la soberanía nacional reside en el pueblo español. Es esta la razón que anima la presente reforma constitucional por la que se intentan eliminar las limitaciones existentes para la participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos a la vez que se incluyen los mecanismos constitucionales adecuados para asegurar que esta participación directa de los ciudadanos sea efectiva y sirva a su utilidad última de consolidar los fundamentos democráticos del Estado español. Esta profundización democrática requiere en primer termino eliminar las limitaciones actuales en el ejercicio de los referéndum que deben cambiar su carácter consultivo por el de vinculante como consecuencia de ser decisiones emanadas directamente del pueblo español. En segundo termino esa reforma constitucional pretende desarrollar mecanismos de iniciativa popular que permitan de forma efectiva actuar sobre los asuntos públicos por medio del refrendo o revocación legislativa, de tratados internacionales y de cargos públicos. En tercer lugar esta reforma incluye mecanismos para desarrollar la participación directa de los ciudadanos en todos los niveles de participación política, tanto en la administración autonómica como local, por medio de mecanismos como los anteriormente citados para el gobierno nacional. Así mismo desarrolla el papel de los diferentes órganos de representación popular facultándolos de la potestad para la convocatoria de plebiscitos a instancia de una parte del congreso, senado o de las comunidades autónomas como representantes de la ciudadanía de su ámbito correspondiente. Por último esta reforma asigna al Estado la responsabilidad de garantizar los medios necesarios para que esta participación sea efectiva así como los mecanismos de control precisos para que el ejercicio del derecho de los ciudadanos a su participación directa dinamice el gobierno de manera que refleje lo más fielmente posible las necesidades y deseos del pueblo español mejorando la eficiencia de la administración y el gobierno del estado. Modificación normativaConsensuado 26-jun-2012 En cursiva los cambios respecto a la redacción original. Por la presente se modificarán los siguientes artículos y apartados de artículos de la Constitución española, quedando redactados como siguen: Articulo 87.
Artículo 162.
Artículo 166.
Artículo 167.
ILP's en las que interviene la Red Grupos de Política de Madrid 15MA pesar de todas estas carencias, no nos resignamos a dejar de utilizar este recurso legislativo, en primer lugar porque pueda hacerse efectiva, superando las trabas al no tocar leyes orgánicas y lograr el beneplácito del Parlamento, pero sobre todo porque que el éxito de una ILP no sólo se mide por la decisión del Parlamento, sino también por el proceso mismo de su gestación, que conlleva el compromiso político y la deliberación. Por ello, además de la iniciativa de reforma de la propia ILP, trataremos de participar activamente en cuantas ILP's podamos, documentando su proceso y pormenores en esta wiki.
RecursosGenéricos
Modelos de reforma de la ILP a tener en cuenta
Material de análisis del estado actual de la ILP y de las libertades políticas
Véase tambiénReferenciasNoticias relacionadas
Enlaces externos
|