Referéndum
El referéndum o referendo es el procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos cuya ratificación por el pueblo se propone.[1]
Contenido |
Modalidades
- Según el objeto:
- Referéndum de independencia: Si el objeto es la declaración de independencia.
- Referéndum constitucional: Si el objeto es tema relacionado con una constitución.
- Referéndum legal: Si el objeto esta relacionado con una ley.
- Referéndum revocatorio: Si el objeto es revocar un mandato de elección popular.
- Según el fundamento:
- Referéndum obligatorio o preceptivo: Si el fundamento de su celebración es la exigencia propia del ordenamiento.
- Referéndum facultativo: Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.
- Según los efectos jurídicos:
- Referéndum decisorio: Cuando el resultado se hace efectivo y vinculante.
- Referéndum consultivo: Cuando el resultado implica únicamente la manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante. En caso de ser además facultativo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.
- Referéndum constitutivo o de ratificación: Cuando el efecto es aprobar una disposición.
- Referéndum abrogativo: Si el efecto jurídico resultante es la derogación de un precepto determinado.
- Plebiscito: De plebi (la plebe, plebeyos, pueblo) y scito del lat. (tener en cuenta). También se puede encuadrar como un tipo de referéndum facultativo y consultivo al ser un modelo cercano, pero el pronunciamiento popular no constituye una expresión de la voluntad general o popular sino un instrumento de legitimación de un poder personal de corte autocrático por lo que se considera una categoría independiente.
Europa
España
La regulación de los referendos requerida por la constitución se efectúa mediante la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre Regulación de las Distintas Modalidades de Referéndum.
A nivel estatal, el artículo 92 recoge el referéndum consultivo que puede plantearse sobre las decisiones políticas de especial trascendencia.
“ |
1. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. |
” |
—Artículo 92 de la Constitución Española de 1978 |
Por otro lado, la Constitución Española prevé distintos tipos de referéndum en los casos indicados[2]:
- Reforma de la Constitución mediante los artículos 167.3 (referéndum facultativo constituyente) y 168.3 (referéndum obligatorio constituyente)
“ | 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado. 2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso por mayoría de dos tercios podrá aprobar la reforma. |
” |
—Artículo 167. Constitución Española |
“ | 1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar, al Capítulo II, Sección I del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes. 2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras. |
” |
—Artículo 168. Constitución Española |
- Aprobación de los Estatutos de autonomía elaborados según el artículo 151.2 (País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía)
- Reforma de Estatutos de autonomía de acuerdo con el artículo 152.2
- Eventual incorporación de Navarra al País Vasco (Disposición Transitoria 4ª).
Suiza
En Suiza referéndum designa una votación popular convocada para revocar una disposición legal aprobada recientemente por la Asamblea federal.
El pueblo suizo puede derogar una ley ratificada por el Parlamento, si se reúnen 50.000 firmas en un espacio de cien días tras la promulgación de la ley, para obligar al gobierno a someter el asunto a votación pública.
Si la decisión parlamentaria concierne normas constitucionales o el derecho internacional se usa el referéndum obligatorio.
Un asunto que está sujeto a una iniciativa popular o a un referéndum obligatorio sólo es aprobado, si se consigue una doble mayoría, (mayoría en electorado y cantones).[3]
Véase también
- Democracia participativa
- Iniciativa legislativa popular
- Listas abiertas
- Política de Suiza
- Referendos en España
Referencias
- Este artículo incluye contenido de la página «Referéndum» de Wikipedia (CC-BY-SA).
- Este artículo incluye contenido de la página «Referendos en España» de Wikipedia (CC-BY-SA).
Enlaces externos
- Referéndum en Wikipedia (es) [DBpedia]
- Referéndum facultativo en Wikipedia (es) [DBpedia]
- Referéndum obligatorio en Wikipedia (es) [DBpedia]
- Política de Suiza en Wikipedia (es) [DBpedia]
- Programa completo,Ciudadano Klínex, Salvados, La Sexta
- Derechos políticos del ciudadano, Departamento Federal de Asuntos Exteriores, Portal de Suiza
- Référendum populaire,Dictionnaire historique de la Suisse
- Teoría del Referéndum y modelos de Democracia Participativa, Monografía
- Petición #ReferéndumYA sobre la continuidad de la monarquía
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